Retratamiento endodóntico
Se indica el retratamiento endodontico en:
- Dientes recién obturados (con el cemento sellador aún no fraguado) con defectos en longitud y/o amplitud.
- En dientes tratados asintomáticos en los que está indicado anclaje intracanal que muestre obturación poco densa o que sea deficiente en amplitud o longitud.
- En dientes cuyo relleno endodontico se ha expuesto al medio.
- En dientes que post tratamiento tengan persistencia de sintomatología dolorosa, en los que exista evidencia clínica o radiográfica de patología:
- Inmediata a la obturación: sintomatología dolorosa por más de 10 días.
-Tardía: aparición de zonas radiolúcidas apicales o fístula post terapia endodontica.
- Aparición de periodontalgia luego de transcurrido algún tiempo del tratamiento, diagnosticable como absceso apical en sus distintas etapas.
- Sellado coronario deficiente o con caries.
- Cuando al realizar la desobturación parcial del canal, por error se realiza la desobturación total de este.
En estos casos de infección del canal ya obturado está indicado el Retratamiento Endodóntico, cuya primera etapa es la Desobturación Total del Canal Radicular.
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